Ruta Financiera
Lino Calderón
Urge reorganizar mercado de interconexión
Ya lo hemos comentado en este espacio que uno de los grandes errores de los últimos gobiernos federales es haber impulsado una mounstrosidad en el mercado de las telecomunicaciones que es darle a la empresa dominante el encargo de hacerse cargo de la central de interconexión que data de 1997. Esto generó una alteración en la competencia de los servicios en venta de telefonía de larga distancia y local, de internet, datos y video como es el caso de las teleconferencias. Durante largos años la guerra se centro en la defensa de empresas nacientes como fue el caso de Avantel que defendió con capa y espada el nicho de telefonía local y ante el encarecimiento de los servicios de interconexión demando a Teléfonos de México tardando lustros en resolverse los litigios que derivaron en una inercia del sector que derivó en la constitución del Instituto federal de Telecomunicaciones (IFT) y de la Comisión federal de Competencia Económica (CFCE) ante el fracaso de la Cofetel y de la Cofeco anteriores a los organismos mencionados. Cientos de casos llevaron a determinar la dominancia de de las empresas del magnate mexicano Carlos Slim Helú. Pero ahora resulta que los nuevos comisionados determinan lo mismo tras sesudas argumentaciones de algo que ya sabíamos. Lo que urge aquí es una situación. Independizar la Central de Interconexión con una concesionario independiente de los agentes competidores. Ayer apenas el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) confirmó la dominancia de Telmex y Telnor en los mercados de enlaces dedicados en larga distancia y enlaces dedicados para interconexión. Derivado del análisis del recurso de reconsideración que interpuso la firma de telefonía fija en 2009, luego de que la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC) determinara que las empresas propiedad de Carlos Slim son dominantes. Según el expediente publicado en la página del órgano regulador, el pasado 13 de diciembre el pleno del Ifetel resolvió que "los agravios expuestos resultan infundados e inoperantes y, por ende, no desvirtúan las consideraciones y conclusiones de la resolución de fecha 25 de junio 2009, emitidas en el expediente DC-002-2007". De acuerdo con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, una vez que las partes involucradas fueron notificadas, el órgano regulador puede hacer pública la resolución. El 25 de junio de 2009, la entonces CFC determinó que las empresas de telefonía fija detentan poder sustancial en las localidades en que prestan sus servicios en los 97 mercados mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados locales en diversas poblaciones. Asimismo, que mantienen poder sustancial en las rutas en que prestan los servicios relevantes en los 97 mercados mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados de larga distancia nacional. Además de poder sustancial en el mercado mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados de larga distancia internacional y en el mercado mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados de interconexión. Ante los nuevos argumentos esto no es una resolución sino una reconfirmación a algo que ha viciado el mercado de las telecomunicaciones en casi 15 años de su apertura.
Linocalderon2000@gmail.com
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