Avala Senado que agentes del MP porten armas - Con 74 votos a favor, 20 en contra y tres abstenciones, el Senado aprobó reformas para que los agentes de los ministerios públicos puedan portar armas, en términos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Así, la Secretaría de Seguridad Pública será el conducto para solicitar a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) la expedición de licencia colectiva a las instituciones de procuración de justicia y policiales.
Estas licencias sólo se pedirán para el personal ministerial y operativo en relación con sus funciones y que figuren en las nóminas de pago respectivas, debiéndose notificar a estas secretarías cualquier cambio en su plantilla laboral.
Por su parte, los titulares de las instituciones de procuración de justicia y policiales expedirán las credenciales foliadas de identificación personal, por lapsos semestrales, que se asimilarán a licencias individuales.
A su vez, los titulares de las licencias colectivas remitirán periódicamente a la Sedena y a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal un informe de las armas en su poder, 'señalando los folios de las credenciales y los datos del personal que las tuviera a su cargo'.
A la SSP también corresponderá la expedición, suspensión y cancelación de licencias oficiales individuales de portación de armas a los empleados federales y avisará a la Sedena para los efectos de la inscripción de las armas en el Registro Federal de Armas.Dicha dependencia también tendrá la facultad de suspender y cancelar las credenciales de identificación que expidan los responsables de las instituciones de procuración de justicia y policiales. |
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