jueves, 24 de febrero de 2011

El TEDF ratificó sanciones en contra del PRD y Convergencia

·         PRD deberá pagar más de 800 mil pesos por adjudicarse programas de gobierno

·         Convergencia no comprobó más de 915 mil pesos de su gasto en 2009

El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) ratificó por unanimidad las sanciones de 803 mil 619 pesos impuestas por el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) en contra del Partido de la Revolución Democrática (PRD) al considerar infringió el Código Electoral del Distrito Federal.

En sesión pública, los Magistrados Electorales determinaron que el PRD violó el artículo 265 del Código Electoral del Distrito Federal que prohíbe  a los partidos políticos, coaliciones o candidatos adjudicarse programas de gobierno u obras públicas en su beneficio.

En los juicios electorales TEDF-JEL-006 y 007 de 2011, se determinó que el PRD colocó en bardas propaganda electoral utilizando indebidamente programas gubernamentales, sin dar crédito a las autoridades e instancias de gobierno que realizan estas acciones.  

En el primero quedó acreditado que se adjudicó la sustitución y rehabilitación de tubería de agua potable y mantenimiento de infraestructura hidráulica en la delegación Coyoacán; por esta falta deberá pagar 344 mil 408 pesos. 

Mientras que en el segundo juicio se determinó que  hizo alusión al programa de "Apoyo a la micro y pequeña empresa" con pintas en bardas con la frase "un partido de izquierda que gobierna para tu bien", por lo que la multa asciende a 459 mil 210 pesos.

Los argumentos de los Magistrados Electorales se centraron en que la práctica de este instituto político violenta el principio electoral de equidad en la contienda al atribuirse los programas de gobierno y dejar desventaja al resto de los partidos.

En otro juicio, el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal también ratificó la sanción impuesta por el IEDF al Partido Convergencia por no justificar el origen y destino de más de 915 mil pesos de ingresos, correspondientes al año dos mil nueve, los cuales se consideran gastos no comprobados susceptibles de ser sancionados.

En el análisis de los Magistrados se determinó que quedó demostrado que la multa de 46 mil 995 pesos impuesta por el Instituto Electoral de ninguna forma vulnera su capacidad económica y no es desproporcionada o excesiva como acusó dicho partido. 

En cuanto al juicio laboral TEDF-JLT-018/2010, el Pleno votó de manera unánime absolver a este Tribunal de reinstalar a Patricia Cecilia Porras Mascareñas en su cargo y retribuirle salarios caídos y diversas prestaciones que reclamó por todo el tiempo que duró el juicio en el que acusó despido injustificado.

Sin embargo, el TEDF deberá pagarle la parte proporcional del aguinaldo de 2010 y del estímulo anual relativo al tercer trimestre del año pasado.