viernes, 17 de mayo de 2013

Regulan programa de baja voluntaria para policías de la SSPDF

Regulan programa de baja voluntaria para policías de la SSPDF
La norma tiene por objeto apoyar la separación voluntaria de personal operativo de la Policía Preventiva en activo, que desee dar por concluidos definitivamente sus servicios con la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF).

La Secretaría de Seguridad Pública capitalina publicó el acuerdo por el que se autoriza la Norma que Regula el Programa de Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el Personal Operativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, correspondiente al ejercicio 2013.

La norma tiene por objeto apoyar la separación voluntaria de personal operativo de la Policía Preventiva en activo, que desee dar por concluidos definitivamente sus servicios con la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF).

Ellos causarían baja voluntaria al 31 de agosto de 2013, a través del pago de una indemnización por sus servicios y antigüedad, detalla el documento publicado en la Gaceta Oficial.

Al presente acuerdo se podrán acoger los policías que obtengan el visto bueno de los titulares administrativos, a fin de garantizar que en los últimos cinco años no tienen antecedentes disciplinarios y/o administrativos de gravedad.

Quedan excluidos de este beneficio los agentes que estén gozando de licencia sin goce de sueldo y aquellos que tengan una controversia judicial contra esta Secretaría, ventilada en los órganos jurisdiccionales.

La Subsecretaría de Desarrollo Institucional, a través de la Dirección General de Carrera Policial, determinará qué elementos operativos de la dependencia cumplen los requisitos señalados en la presente norma y son propuestos para recibir el beneficio de baja voluntaria.

Asimismo la Oficialía Mayor de la SSPDF, por conducto de la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, se encargará de analizar y validar que los elementos que se incorporen a dicho plan y cumplan con esta norma.

Menciona que antes de iniciar la ejecución del programa, los servidores públicos deberán informar a los policías el contenido de la presente norma, así como verificar la antigüedad y el sueldo mensual de los uniformados que se incorporen.

Los policías que se sumen al programa tendrán derecho a una indemnización en consideración a los años de servicio (30 años o más de servicio y 55 años o más de edad), así como el nivel de remuneraciones asignadas.

La indemnización que corresponda deberá cubrirse mediante un pago único que se hará efectivo a más tardar el día 31 de agosto del 2013, expone el acuerdo, que entrará en vigor al día siguiente de su suscripción para efectos administrativos, y al día siguiente de su publicación en la Gaceta para efectos a terceros.